06/12/2019

Situación legal del teletrabajo en Chile: algunos consejos prácticos

Dado el contexto actual que vive nuestro país, diversas empresas están utilizando la metodología de teletrabajo; sin embargo, muchos empleadores no conocen los términos legales ni qué aspectos prácticos se deben seguir al momento de implementarlo. Fernando Fernández, abogado y director invitado de Chiletec, redactó un documento sobre cómo abordar este tema.

Una práctica de creciente interés en el mundo laboral es el uso del teletrabajo, pero la pegunta que suelen hacerse los empleadores es si acaso esta modalidad es lícita y qué aspectos prácticos se deben seguir al momento de implementarlo.

Tanto la Dirección del Trabajo como los Tribunales Superiores de Justicia, han reconocido el teletrabajo. No obstante, éste debe seguir una serie de directrices.

Esta modalidad de trabajo surge como una forma de optimización de recursos. Para el empleador puede importar ciertos beneficios, que ya maximiza, por ejemplo, espacios de oficina. El teletrabajo también reporta beneficios a la sociedad en general, ya que es una forma de ahorro de combustibles y otros recursos no renovables. Y, desde luego, reporta grandes ventajas para el trabajador, ya que permite la utilización de su tiempo libre en proyectos personales, y no en traslados. Por otro lado, algunos autores han afirmado que el teletrabajo se traduciría en aumentos de productividad, mejor salud mental de los trabajadores y una forma de retención.

Con todo, también se ha señalado que el teletrabajo tendría una serie de contras: potencialmente afectaría la formación de una cultura corporativa, disminuiría el compromiso de los trabajadores y obstaculizaría al trabajador el poder “desconectarse” del trabajo, razón por la cual la adopción del teletrabajo ha sido incorporado paulatinamente, en base al uso de una serie de metodologías y buenas prácticas.

En Chile no existe una norma legal que expresamente regule el tema. No obstante, los tribunales y la Dirección del Trabajo han reconocido que se podría inferir del inciso 4º del Art. 22 del Código del Trabajo, donde se hace mención a los trabajadores contratados para que presten sus servicios preferentemente fuera del lugar o sitio del funcionamiento de la empresa, mediante utilización de medios informáticos o de telecomunicaciones.

Actualmente existe un proyecto de ley que busca regular el teletrabajo, por lo que es posible que esta modalidad sea regulada con mayor detalle en el futuro cercano.

Te invitamos a revisar en detalle un documento completo -redactado por el abogado Fernando Fernández, socios de AltLegal y director invitado de Chiletec- con consejos prácticos en torno al teletrabajo, las cuales pueden apoyar a impulsar su uso.

 

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